
La mayoría de las cartas del IRS no son auditorías. Son avisos sobre un cambio de cálculo, un formulario que falta, un saldo pendiente o una pregunta sobre algo de la declaración, y casi todas vienen con un plazo. Así se maneja una con calma, y estas son sus opciones si la carta dice que debe un dinero que no puede pagar de una vez.
Primero: confirme que de verdad es del IRS
El IRS inicia el contacto por correo postal, nunca por mensaje de texto, correo electrónico o una llamada que exige pago inmediato con tarjetas de regalo o transferencias. Un aviso real tiene un número de aviso o carta en la esquina superior derecha (CP2000, CP14, LTR 12C, etc.), su número de contribuyente, el año fiscal y una fecha de respuesta. Guarde el sobre.
Lea qué le está pidiendo realmente
Cada aviso hace una sola cosa: propone un cambio a su declaración, pide un documento que falta, informa un saldo o le pide verificar su identidad. El número del aviso nos dice cuál. Compare sus cifras con su copia de la declaración antes de aceptar nada; el IRS cruza formularios de terceros automáticamente y a veces trabaja con un duplicado o con un formulario que es de otra persona.
La primera semana
- Anote la fecha límite de respuesta. La mayoría da 30 días; un CP2000 y un Aviso de Deficiencia tienen fechas estrictas que no se pueden reiniciar.
- No pague un monto propuesto que no entiende. Pagar puede interpretarse como estar de acuerdo.
- Reúna la declaración, los formularios que menciona el aviso y cualquier prueba (estados de cuenta, 1099, recibos).
- Responda por escrito, por el medio que indica el aviso, y guarde copia y prueba de envío. Si está de acuerdo, dígalo y pague o establezca un plan; si no, explique por qué y adjunte las pruebas.
Si debe y no puede pagar todo
El IRS ofrece varios arreglos, y el indicado depende de cuánto debe y qué tan rápido puede pagar:
Un plan de pago a corto plazo da hasta 180 días sin cargo de apertura, para saldos menores de $100,000 incluidos multas e intereses.
Un acuerdo de pagos a plazos reparte el saldo en pagos mensuales, por lo general hasta 72 meses. Las personas que deben $50,000 o menos (negocios, $25,000 o menos) normalmente pueden solicitarlo en línea y recibir aprobación automática. Los intereses y la multa por falta de pago siguen corriendo, pero la tasa de la multa se reduce a la mitad mientras el acuerdo esté vigente.
Una oferta de transacción (offer in compromise) liquida la deuda por menos del total cuando el IRS acepta que usted no puede pagarla; exige revelar toda su situación financiera y se aprueba mucho menos de lo que anuncian.
El estatus de “no cobrable por ahora” pausa el cobro cuando pagar lo dejaría sin cubrir sus gastos básicos.
Lo que un contador puede hacer por usted
Leemos el aviso con usted, revisamos las cifras del IRS contra sus registros, redactamos la respuesta escrita, preparamos la declaración enmendada o faltante de la que trata el aviso y le ayudamos a elegir y solicitar el arreglo de pago que le conviene. Cuando el IRS exige una autorización firmada para hablar con nosotros sobre su cuenta, preparamos ese formulario para su firma. La representación formal en una auditoría o apelación es trabajo de un CPA, un agente registrado o un abogado, y le decimos cuándo un caso necesita uno.
Presente siempre la declaración a tiempo, aunque no pueda pagar. La multa por no declarar es diez veces la multa por no pagar.
Preguntas frecuentes
¿Qué hago si recibo una carta del IRS?
Confirme que llegó por correo con número de aviso, lea qué pide, anote el plazo, compare las cifras con su declaración, reúna pruebas y responda por escrito antes de la fecha. No pague un monto que no entiende y no la ignore.
¿Qué hago si tengo una deuda con el IRS?
Primero confirme cuánto debe de verdad y que todas sus declaraciones estén presentadas. Luego elija un arreglo: hasta 180 días sin cargo para saldos menores de $100,000, un acuerdo de pagos mensuales de hasta 72 meses, o en casos de verdadera incapacidad de pago, una oferta de transacción o el estatus de no cobrable.
¿Un contador puede ayudarme con un plan de pago del IRS?
Sí. Revisamos cuánto debe realmente, preparamos las declaraciones faltantes que el IRS exige antes de aprobar un plan y le ayudamos a solicitar el plan a corto plazo, el acuerdo de pagos a plazos u otro arreglo que se ajuste a su situación.
¿Un plan de pago detiene las multas y los intereses?
Los intereses siguen hasta que se paga el saldo. La multa por falta de pago también sigue, pero a la mitad de la tasa habitual una vez que el acuerdo está vigente. Declarar a tiempo, aunque no pueda pagar, evita la multa por no declarar, que es mucho mayor.
Información general, no asesoría para su situación. Las reglas cambian; hable con nosotros antes de actuar.
Traiga la carta a una consulta gratis. Le diremos qué significa y qué hacer antes de que venza el plazo.












